Estatutos
PREAMBULO
Respondiendo a la necesidad de conocimiento y profundización en la espiritualidad agustiniana y a su conveniente difusión, el Capítulo General 2001 (A-13a) determinó crear el Instituto de Espiritualidad Agustiniana. Para cumplir con esta determinación el Consejo General nombró una Comisión internacional para dar los primeros pasos en orden a la organización del Instituto y a comenzar a ofrecer una serie de actividades concretas.
El Capítulo General 2007 (P-7) recomendó al Consejo General mantener y potenciar el Instituto de Espiritualidad, promoviendo el uso de las nuevas tecnologías y fortaleciendo la colaboración con el Instituto Patrístico Augustinianum.
Al final del proceso 2001-2011, la Comisión internacional presentó al Consejo General el proyecto de estatutos para la erección oficial del Instituto de Espiritualidad Agustiniana.
I. DENOMINACION, SEDE Y DURACION
1. El Institutum Spiritualitatis Augustinianae (de ahora en adelante denominado ISA) ha sido creado por el Consejo General de la Orden el 21 de febrero de 2012: Acta Ordinis 65(2013) 47.
2. La sede del ISA está ubicada en la Curia General de la Orden de San Agustín, Roma.
3. La constitución de ISA tiene una duración ilimitada.
II. NATURALEZA
4. El ISA es un organismo de la Orden de san Agustín para promover la formación espiritual de la Orden al servicio de la Familia Agustiniana.
III. FINALIDAD
5. El ISA tiene como fines principales:
a. Promover el estudio y el conocimiento de la espiritualidad agustiniana.
b. Facilitar la formación permanente de los hermanos de la Orden promoviendo y organizando encuentros, conferencias, congresos y jornadas de estudio sobre san Agustín y otros autores de nuestra tradición espiritual, tanto en Roma como en otras áreas geográficas (CGO01 A13a).
c. Organizar cursos residenciales de espiritualidad agustiniana y conferir el correspondiente diploma.
d. Contribuir a la preparación de los formadores de la Orden.
e. Colaborar con las otras comisiones de la Orden, sobre todo en aquello que concierne al ámbito formativo.
f. Elaborar y divulgar materiales de espiritualidad agustiniana.
g. Mantener una bibliografía actualizada sobre espiritualidad agustiniana.
h. Promover la publicación y la traducción, en las lenguas más usadas en la Orden, de textos significativos para nuestra espiritualidad.
i. Promover el conocimiento de lugares y centros de espiritualidad de la Orden, mantener contacto con ellos y ofrecerles una eventual colaboración.
j. Comunicar a la Familia Agustiniana las actividades sobre espiritualidad agustiniana que se realizan en diversos ámbitos de la Orden.
k. Informar sobre la vida del ISA y difundir sus fines y actividades utilizando especialmente la página Web de la Orden.
IV. CONSTITUCION Y GOBIERNO
6. El ISA está constituido por el Comité Directivo y un grupo de Colaboradores, quienes junto con el Comité Directivo forman el Consejo Plenario del Instituto.
7. El Comité Directivo está compuesto por un presidente, un vicepresidente, un secretario, un ecónomo y tres vocales, todos ellos frailes agustinos de votos solemnes.
8. El Comité Directivo es nombrado por el Prior General y su Consejo para un periodo de seis años, buscando en lo posible la representatividad de la Orden y la competencia en espiritualidad y teología agustiniana.
9. En caso de cese de alguno de los miembros del Comité Directivo, se procederá al nombramiento de un nuevo miembro que lo sustituya hasta el término natural del mandato.
10. El Comité Directivo tiene las siguientes funciones:
a. Nombrar a los colaboradores.
b. Programar y organizar las actividades del ISA.
c. Aprobar el balance general y el presupuesto de actividades.
d. Preparar el orden del día del Consejo Plenario.
e. Evaluar la marcha del Instituto.
f. Asesorar en todos aquellos temas que sean sometidos a su consideración
11. El Presidente:
a. Dirige, promueve y coordina las actividades del ISA.
b. Representa al Instituto y actúa en su nombre
c. Garantiza la realización de las actividades del Instituto.
d. Convoca y preside las reuniones del Comité Directivo y del Consejo Plenario.
e. Elabora con el Secretario el informe anual del ISA y lo presenta al Consejo General de la Orden.
12. El Vicepresidente hace las veces del Presidente cuando no esté presente.
13. El Secretario:
a. En la medida de lo posible debe residir en Roma.
b. Colabora con el Presidente en la preparación y desarrollo de las actividades del Instituto.
c. Es responsable de redactar las actas del Comité Directivo y del Consejo Plenario.
d. Mantiene el archivo del Instituto.
e. Desarrolla las actividades que le sean asignadas y las propias de su oficio.
14. El Ecónomo tiene la responsabilidad de hacer el balance general y el presupuesto de las actividades, que debe presentar al Comité Directivo para su aprobación. Asimismo se ocupará de los gastos corrientes de Instituto.
15. Los vocales forman parte del Comité Directivo del ISA y representan la universalidad de la Orden.
16. El presidente, en nombre del Comité Directivo, presentará un informe anual de la actividad del ISA al Consejo General de la Orden.
17. Los colaboradores miembros del Consejo Plenario son nombrado por el Prior General y su Consejo a propuesta del Comité Directivo, teniendo en cuenta la universalidad de la Orden y la dedicación a tareas relacionadas con la espiritualidad. Los colaboradores cesan a los seis años, junto con el Comité Directivo.
18. El Comité Directivo se reunirá ordinariamente una vez al año en el lugar establecido en la última reunión del mismo.
19. El Consejo Plenario se reunirá ordinariamente dos veces durante el sexenio, una al principio del mismo y otra al final, en el lugar establecido por el Comité Directivo, para programar y evaluar las actividades del ISA.
20. El ISA, preferentemente a través del Presidente y del Secretario, debe mantener una comunicación permanente con las circunscripciones de la Orden, uniones, federaciones e institutos y con los centros de espiritualidad agustiniana.
V. ECONOMIA
21. El ISA no tiene fondos propios. Su financiación depende de la economía general de la Orden.
22. Los ingresos financieros procedentes de las actividades del Instituto se entregarán al Ecónomo General de la Orden.
23. Los gastos de los miembros del Comité Directivo por conceptos relacionados con la actividad del Instituto serán asumidos por el Instituto.
24. El Comité Directivo presentará anualmente su informe económico al Consejo General de la Orden para su aprobación, incluyendo los presupuestos de las actividades y el balance general.
VI. DISPOSICIONES GENERALES
25. Según lo determinado por el Capítulo General de la Orden (CGO07 p7) el ISA procurará la colaboración académica del Instituto Patrístico Augustinianum, teniendo en cuenta lo previsto en los estatutos del mismo.
26. El ISA se rige por los presentes Estatutos, que podrán ser modificados por el Prior General y su Consejo a propuesta del Comité Directivo.